Bonificaciones en algunos impuestos municipales por renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible
El ayuntamiento de Belorado a lo largo de la legislatura 2019-2023 está realizando bonificaciones verdes en sus impuestos locales como el ICIO (impuesto de construcciones y obras) y el IVTM (impuesto de vehículos de tracción mecánica)

Las bonicficaciones han sido las siguientes:
- Bonificación del 90% del ICIO para instalación de estufas de pellet y de calderas de biomasa, e incluso district heating en viviendas y empresas
- Bonificación del 90% del ICIO por la instalación placas solares, tanto térmica solar, como fotovoltaica, en viviendas y empresas. La bonificación también será aplicable en la instalación de energías geotérmica o minieólica.
- Bonificación del 50% del ICIO en las obras, construcciones e instalaciones destinadas a obtener la calificación energética de Passivhaus.
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Bonificación para obras e instalaciones en viviendas o comunidades de propietarios de uso residencial cuya finalidad sea la rehabilitación energética para la obtención de una etiqueta energética de clase A o B, o la mejora en 2 ?letras/niveles, respecto de la calificación energética incial. A estos efectos el porcentaje de bonificación será del 50 por ciento cuando la etiqueta energética obtenida sea de clase A; del 30 por ciento cuando la etiqueta energética obtenida sea de clase B; y del 20 por ciento cuando la etiqueta energética obtenida sea dos letra o niveles mejor que la inicial.
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Bonificación del el 90% para la instalación de puntos de recarga eléctricos, con finalidad doméstica o comercial, destinados a vehículos 100 % eléctricos o híbridos.
- Bonificación del 75% del impuesto en función de las características de los motores de los vehículos y su incidencia nula contaminante en el medio ambiente, tales como los eléctricos y los impulsados por energía solar, durante tres años desde su primera matriculación
- Bonificación del 50% del impuesto durante tres años desde su primera matriculación para los vehículos híbridos con motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diésel o eléctrico-gas que estén homologados de fábrica
- Bonificación del 25% del impuesto durante tres años desde su primera matriculación o desde la fecha de instalación del correspondiente equipo para los vehículos bi-fuel que utilicen como carburante el Autogás (gas licuado del petróleo) y homologados de fábrica o certificada su instalación.